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Impuestos

IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)

Impuesto directo y progresivo que grava la renta obtenida por personas físicas residentes en España. En facturas de proveedores, se aplica como retención del 15% (o 7% para nuevos autónomos).

Qué es el IRPF

El IRPF grava la renta global que obtienen las personas físicas residentes en España durante un año natural. Está regulado por la Ley 35/2006 y es una de las principales fuentes de ingresos del Estado.

A diferencia del IVA, que es un impuesto indirecto sobre el consumo, el IRPF recae directamente sobre quien obtiene la renta: trabajadores por cuenta ajena, autónomos, profesionales liberales e inversores. Es progresivo: a mayor renta, mayor porcentaje efectivo, con tramos que van del 19% al 47% (más los diferenciales autonómicos).

En la gestión de facturas de proveedores, el IRPF aparece como retención que la empresa pagadora practica e ingresa en Hacienda en nombre del profesional que emite la factura.

Retenciones de IRPF en facturas

Cuando una empresa contrata servicios a un profesional autónomo (persona física), debe practicar una retención sobre el importe de la factura. Esta retención es un pago a cuenta del IRPF del profesional y se aplica sobre la base imponible.

Los porcentajes más habituales:

  • 15%: tipo general para actividades profesionales (epígrafes del grupo 1, 2 y 3 del IAE en estimación directa).
  • 7%: tipo reducido durante el año de inicio de actividad y los dos siguientes, siempre que el profesional no haya ejercido otra actividad en el año anterior.
  • 19%: rendimientos del capital mobiliario (arrendamientos de bienes muebles, intereses).
  • 19%: arrendamientos de inmuebles urbanos.

Las retenciones solo se aplican a personas físicas y comunidades de bienes. Las facturas de sociedades mercantiles (SL, SA) no llevan retención de IRPF, salvo excepciones como arrendamientos.

Quién está obligado a retener

La obligación recae siempre en el pagador, no en el profesional que emite la factura. Si tu empresa recibe una factura de un consultor, abogado o diseñador autónomo, debes retener el porcentaje correspondiente y pagar solo la cantidad neta.

Si el pagador no retiene o retiene mal, es quien responde ante Hacienda. El profesional declarará los ingresos brutos en su IRPF anual y deducirá las retenciones practicadas, así que un error perjudica a ambas partes.

Ejemplo práctico de factura con retención

Un abogado autónomo factura un servicio de asesoramiento jurídico a una empresa:

ConceptoImporte
Base imponible (honorarios)2.000,00 EUR
IVA (21%)+420,00 EUR
Retención IRPF (15%)-300,00 EUR
Total a pagar2.120,00 EUR

La empresa paga 2.120 euros al abogado e ingresa los 300 euros de retención en Hacienda a través del modelo 111. La retención se calcula sobre la base imponible (2.000 EUR), no sobre el total con IVA.

Modelo 111 y Modelo 190

Modelo 111 (trimestral). Declaración de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF. Recoge todas las retenciones practicadas a profesionales, trabajadores y otros perceptores durante el trimestre. Se presenta en los primeros 20 días naturales del mes siguiente al cierre del trimestre.

Modelo 190 (anual). Resumen anual que detalla, perceptor a perceptor, las retenciones practicadas durante todo el ejercicio. Se presenta en enero del año siguiente. La AEAT lo usa para cruzar datos con las declaraciones individuales de cada profesional. Cualquier discrepancia entre el 190 del pagador y la declaración del profesional activa un requerimiento automático.

Cómo gestiona BillWay las retenciones

BillWay identifica automáticamente si una factura de proveedor incluye retención de IRPF. Valida que el porcentaje sea coherente (15%, 7% u otros) y que el cálculo sobre la base imponible sea correcto. Si detecta una factura de profesional autónomo sin retención, o con un porcentaje incorrecto, genera una alerta para revisión.

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